Página 192 - MYPIMES Y EMPRESA FAMILIAR

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De acuerdo a lo anterior, resalta el hecho de que las entidades económicas que se
encuentren dentro de un entorno inflacionario, deberán modificar su información
financiera, si pretenden basar sus decisiones en cifras actualizadas, se sugiere
además, que la mencionada actualización se lleve a cabo a través de métodos
de ajuste.
Curiosamente, en este principio se inicia la obligación producto de la necesidad,
de actualizar la información financiera, sin embargo, no establece una
normatividad específica a seguir.Fue hasta 1979 a través del Boletín B-7
“Revelación de los efectos de la inflación en la información financiera”, el cual, aún
y cuando no pretendía dar una solución ideal a un problema tan complejo, su
finalidad era servir de respuesta a la necesidad de una normatividad, de tal forma
que permitiera incrementar el significado de la información contenida en los
Estados Financieros.
Como se observa, el boletín B-7, fue concebido como parte original de un proceso
“evolutivo y experimental”, teniendo como principales características las
siguientes:
La actualización de las cifras plasmadas en los Estados Financieros era
extralibros, esto es, que no se registraba en la contabilidad.
Por otra parte, establece la posibilidad de utilizar dos métodos para efectos de
llevar a cabo la actualización de las cifras, y estos eran:
*Método de ajustes por cambios en el nivel general de precios
*Método de actualización de costos específicos o valores de reposición